Registro Provincial de Yacimientos, Colecciones y Lotes Arqueológicos. LEY PROVINCIAL N° 9686
Declaración de Patrimonio Arqueológico
La Ley Provincial Nº 9686 , concordante con la Ley Nacional N° 25.743 y su Decreto Reglamentario y tiene por objeto la preservación y protección del Patrimonio Arqueológico y Paleontológico, como parte integrante del Patrimonio Cultural de la Provincia de Entre Ríos y el aprovechamiento científico y cultural del mismo.
¿Qué entendemos por patrimonio arqueológico?
Según el Art. 2º de la Ley Provincial, “Forma parte del Patrimonio Arqueológico todo espacio, real o potencial, descubierto o por descubrir, ubicado en la superficie o subsuelo terrestre, lecho o subsuelo bajo aguas jurisdiccionales provinciales, donde existan restos o cosas muebles y/o inmuebles y/o vestigios de cualquier naturaleza que puedan proporcionar información sobre los grupos socioculturales que habitaron la Provincia desde épocas precolombinas hasta épocas históricas recientes, así como sus relaciones mutuas y con el ambiente. Entiéndase por el término “épocas históricas recientes” a los últimos cien (100) años, contados a partir de la fecha de sucedidos los hechos o los actos de que se trate. Los restos correspondientes a seres humanos son considerados objetos arqueológicos por extensión; deberán tratarse con respeto, evitando su exhibición pública, y adecuando las técnicas y procedimientos arqueológicos para hacerlos compatibles con las normas y costumbres de las comunidades actuales involucradas”.
¿Quién es el organismo competente en la provincia para llevar a cabo la preservación y custodia de los materiales arqueológicos provinciales?
Según se especifica en la ley, Art. 4º, “la Subsecretaría de Cultura, dependiente del Ministerio de Gobierno, Justicia, Educación, Obras y n Servicios Públicos, a través del Museo de Ciencias Naturales y Antropológicas “Prof. Antonio Serrano”, será el organismo competente que tendrá a su cargo ejercer la defensa y custodia del Patrimonio Arqueológico y Paleontológico en el ámbito provincial, en orden a ello deberá adoptar las medidas tendientes a su preservación y a fomentar su investigación y difusión”.
Para organizar la información sobre el material arqueológico de la provincia, el Museo de Ciencias Naturales y Antropológicas “Prof. Antonio Serrano” cuenta con una Ficha Unica de Declaración del Patrimonio Arqueológico, con el fin de unificar criterios, acordes con el Registro Nacional.
¿Cómo se realiza el trámite de inscripción del material arqueológico?
1- Deberán completar la Ficha de Inscripción de Patrimonio ( con toda la información requerida. La misma deberá ser remitida a la Dirección del Museo de Ciencias Naturales y Antropológicas "Prof. Antonio Serrano". De esta manera la/s colección/es queda/n ingresada/s en el Registro Provincial. Para iniciar los trámites para la firma del convenio que regulariza la tenencia de los materiales:
2- Deberán completar, según corresponda la Ficha Única de Declaración del Patrimonio Arqueológico y/o Ficha Única de Declaración del Patrimonio Paleontológico con toda la información requerida, y se envía a la Dirección del Museo de Ciencias Naturales y Antropológicas "Prof. Antonio Serrano".
La Ficha Única de Declaración del Patrimonio Arqueológico se puede bajar de esta página web, o solicitarla telefónicamente al (0343) 4208894.